¿A QUE SE DEBE EL EXITO DEL ALQUILER CON OPCION A COMPRA?



* Porque goza de una tremenda seguridad jurídica, ya que se encauza bajo la ley de arrendamientos urbanos, el reglamento hipotecario y el código civil.

* Porque para el promotor es una opción para dar salida rápida a las viviendas con ciertas garantías.

* Porque puedo vivir en la casa sin tener que desembolsar el dinero de la entrada de la vivienda y los gastos iniciales.

* Porque, en algunas ocasiones, el desembolso inicial es la prima por ejercer la opción de compra, que suele ser algo mas alta que una simple fianza de alquiler.

* Porque el dinero que se paga de alquiler, en su totalidad o una parte, segun se acuerde entre las partes, se descuenta del precio final de la casa.

* Porque no tengo que ahorrar a la vez que abono el alquiler.

* Porque el precio final del inmueble va disminuyendo y me permite, durante el tiempo que dura el contrato, recomponerme financieramente y disponer de mas oportunidades para solicitar una hipoteca.

 * Porque puedo conocer en profundidad lo que voy a comprar y, además, cualquier obra menor que realice será para mi uso y disfruté.

* Porque es un compromiso entre dos partes, cuyo acuerdo consta de tres puntos principalmente: no se puede vender la vivienda a otros posibles compradores mientras dure la opción de compra. El precio pactado en la firma del contrato no puede verse alterado, es decir, no puede subir ni bajar. El importe del alquiler si se puede modificar anualmente , si se recoge en el contrato.

* Porque una vez finalizado el contrato no puedo ejercer la opción de compra, las cantidades entregadas se asemejarían al pago de un alquiler puro, sin opción de compra.

* Porque si llegamos a un acuerdo ambas partes, a la finalización del contrato se puede prorrogar el periodo de alquiler.

* Porque el propietario obtiene liquidez hasta que se produzca la venta.

* Porque el propietario obtiene ventajas fiscales por el alquiler, y el retraso de mas de dos meses en el pago puede anular la opción de compra y la prima.

* Porque el inquilino podrá deducir el alquiler en su declaración de la renta.

Fuente: Los Trucos de los ricos 2 - Juan Haro


 

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